Seguros
Preguntas frecuentes
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¿Quién es el beneficiario de un seguro?
El beneficiario es la persona que cobrará la indemnización correspondiente en caso de siniestro.
¿Qué diferencia existe entre el Seguro Funerario básico y el Seguro Funerario tradicional?
Las diferencias entre los planes funerarios ofrecidos, radica en sus valor de primas, y valor asegurado. En el caso de seguro funerario tradicional se habilitan los parques cementerios privados. El seguro funerario básico se habilitan cementarios municipales.
¿Qué significa que el Seguro Funerario tenga la característica de innominado?
Es decir, que no está a nombre de una persona específica, sino que está a nombre del inmueble con el contrato inscrito en SURTIGAS. El carácter innominado del seguro permite que todas las personas que habiten bajo un inmueble/predio en un periodo superior a un mes sean aseguradas., hasta máximo 5 eventos por vigencia de la póliza. Vigencia anual
¿Cómo puedo saber cuál es la aseguradora que respalda mi Seguro o asistencia?
Actualmente, trabaja de la mano con tres aseguradoras; Liberty, Alfa y Suramericana y para asistencias de Señor Casas y Proexequial. Sí deseas conocer la aseguradora y/o aliado comercial que actualmente respalda tu producto puedes hacerlo consultarloo a través de nuestras líneas de atención al usuario 164 o 01-8000-9-10164 o en nuestra sección de seguros haciendo click aquí
¿Cómo puedo solicitar un certificado del seguro o asistencia que adquirí?
Sí ya conoces cuál es la aseguradora que respalda tu seguro, puedes solicitar un certificado directamente con tu aseguradora. Las siguientes son sus líneas de atención:
-LIBERTY: línea directa 6013077007 op 1 , 6013077050 y línea gratuita 01 8000 113 390. Correo: atencionalcliente@libertyseguros.co
-ALFA: #253 op. 2 y 5 , o 6013077032 y línea gratuita 018000122532. Página web: www.segurosalfa.com.co
-SURA: línea directa 601 646 3060 op 2 Ext. 15572 18000113464 . Correo: soporteservicioalcliente@sura.com.co
-SEÑOR CASAS: línea directa 322-3274494 - Cartagena 605 693 27 83 - Monteria: 604 789 42 53 (Surtigas)
- PROEXEQUIAL: línea directa Cartagena 605 6914242 / 018000115233 / desde su celular #523 / www. proexequial.com/ info@proexequial.com
¿Qué documentos necesito para reclamar una indemnización por muerte?
En caso de muerte del asegurado principal. Aplica para Seguro de Vida, Microseguro Brilla pap (Futuro protegido Modulo B) y los seguros doble cupón; Protector, Protección a su medida y mi familia protegida. A continuación, relacionamos los documentos a tener en cuenta para indemnización por muerte:
• Registro de Defunción.
• Fotocopia del documento de identificación del fallecido y reclamante.
• Historia clínica.
• Declaración extrajuicio que ratifique que el fallecido habitada el predio (lugar, tiempo).
• Documento que pruebe la calidad de propietario, arrendatario o poseedor.
• Acta de levantamiento del cadáver o necropsia si la muerte fue accidental o violenta.
• Facturas correspondientes al gasto exequial que realizaron.
• Última factura de gas debidamente pagada.
Los beneficiarios de ley además deben presentar
• Fotocopia del documento de identificación de los beneficiarios
• Si el beneficiario es un cónyugue (esposos): Copia del registro civil de matrimonio o declaración de convivencia.
• Si el beneficiario es hijo: Registro civil de nacimiento de los hijos.
• Cualquier otro documento que la aseguradora requiera.
*Tener en cuenta que los microseguros doble cupón tienen 3 asegurados.
¿Cómo solicitar el servicio funerario en caso de un Siniestro?
Sí tienes un Seguro Funerario básico o tradicional tu aseguradora es Liberty por ende debes comunicarte directamente a la línea 0313077007 opción 1, donde un asesor te guiará y atenderá tu solicitud. Recuerda que es importante tener a la mano: número de contrato, nombre y cédula del tomador del seguro y nombre y cédula de la persona fallecida.
¿Qué debo hacer para solicitar la Indemnización por Enfermedad Grave o invalidez laboral total o permanente del seguro Futuro protegido Plus?
Relacionamos los documentos a tener en cuenta:
• Historia clínica completa,
• Resultados radiológicos y de laboratorio e informe de los médicos que atendieron al asegurado por la afección o accidente que dio origen a la incapacidad. LIBERTY se reserva el derecho de comprobar la veracidad y exactitud de tales pruebas, por lo cual LIBERTY queda facultada para efectuar la evaluación médica correspondiente.
• Documento de identidad del asegurado