Preguntas frecuentes

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¿Quién es el beneficiario de un seguro?

El beneficiario es la persona que cobrará la indemnización correspondiente en caso de siniestro.

¿Qué diferencia existe entre el Seguro Funerario básico y el Seguro Funerario tradicional?

Las diferencias entre los planes funerarios ofrecidos, radica en sus valor de primas, y  valor asegurado. En el caso de seguro funerario tradicional se habilitan los parques cementerios privados.  El seguro funerario básico se habilitan cementarios municipales.

¿Qué significa que el Seguro Funerario tenga la característica de innominado?

Es decir, que no está a nombre de una persona específica, sino que está a nombre del inmueble con el contrato inscrito en SURTIGAS. El carácter innominado del seguro permite que todas las personas que habiten bajo un inmueble/predio en un periodo superior a un mes sean aseguradas., hasta máximo 5 eventos por vigencia de la póliza. Vigencia anual 

¿Cómo puedo saber cuál es la aseguradora que respalda mi Seguro o asistencia?

Actualmente, trabaja de la mano con tres aseguradoras; Liberty, Alfa y Suramericana y para asistencias de Señor Casas y Proexequial. Sí deseas conocer la aseguradora y/o aliado comercial que actualmente respalda tu producto puedes hacerlo consultarloo a través de nuestras líneas de atención al usuario 164 o 01-8000-9-10164 o en nuestra sección de seguros haciendo click aquí

¿Cómo puedo solicitar un certificado del seguro o asistencia que adquirí?

Sí ya conoces cuál es la aseguradora que respalda tu seguro, puedes solicitar un certificado directamente con tu aseguradora. Las siguientes son sus líneas de atención:
-LIBERTY: línea directa  6013077007 op 1 , 6013077050  y línea gratuita 01 8000 113 390. Correo: atencionalcliente@libertyseguros.co
-ALFA: #253 op. 2 y 5 , o 6013077032 y línea gratuita 018000122532. Página web:  www.segurosalfa.com.co 
-SURA: línea directa 601 646 3060 op 2 Ext. 15572  18000113464 . Correo: soporteservicioalcliente@sura.com.co
-SEÑOR CASAS: línea directa 322-3274494 - Cartagena 605 693 27 83  - Monteria: 604 789 42 53 (Surtigas) 
- PROEXEQUIAL:  línea directa Cartagena  605 6914242 / 018000115233 / desde su celular #523 / www. proexequial.com/ info@proexequial.com

¿Qué documentos necesito para reclamar una indemnización por muerte?

En caso de muerte del asegurado principal. Aplica para Seguro de Vida, Microseguro Brilla pap (Futuro protegido Modulo B) y los seguros doble cupón; Protector, Protección a su medida y mi familia protegida. A continuación, relacionamos los documentos a tener en cuenta para indemnización por muerte:
•    Registro de Defunción.
•    Fotocopia del documento de identificación del fallecido y reclamante.
•    Historia clínica.
•    Declaración extrajuicio que ratifique que el fallecido habitada el predio (lugar, tiempo). 
•    Documento que pruebe la calidad de propietario, arrendatario o poseedor.
•    Acta de levantamiento del cadáver o necropsia si la muerte fue accidental o violenta.
•    Facturas correspondientes al gasto exequial que realizaron. 
•    Última factura de gas debidamente pagada. 

Los beneficiarios de ley además deben presentar
•    Fotocopia del documento de identificación de los beneficiarios
•    Si el beneficiario es un cónyugue (esposos): Copia del registro civil de matrimonio o declaración de convivencia.
•    Si el beneficiario es hijo: Registro civil de nacimiento de los hijos. 
•    Cualquier otro documento que la aseguradora requiera.

*Tener en cuenta que los microseguros doble cupón tienen 3 asegurados. 

¿Cómo solicitar el servicio funerario en caso de un Siniestro?

Sí tienes un Seguro Funerario básico o tradicional tu aseguradora es Liberty por ende debes comunicarte directamente a la línea 0313077007 opción 1, donde un asesor te guiará y atenderá tu solicitud. Recuerda que es importante tener a la mano: número de contrato, nombre y cédula del tomador del seguro y nombre y cédula de la persona fallecida. 

¿Qué debo hacer para solicitar la Indemnización por Enfermedad Grave o invalidez laboral total o permanente del seguro Futuro protegido Plus?

Relacionamos los documentos a tener en cuenta: 
• Historia clínica completa,
• Resultados radiológicos y de laboratorio e informe de los médicos que atendieron al asegurado por la afección o accidente que dio origen a la incapacidad. LIBERTY se reserva el derecho de comprobar la veracidad y exactitud de tales pruebas, por lo cual LIBERTY queda facultada para efectuar la evaluación médica correspondiente.
• Documento de identidad del asegurado

¿Tengo un seguro denominado SALVA FACTURA. Cómo reclamar la incapacidad temporal permanente?

Debes comunicarte con ALFA: línea gratuita 018000122532 opcion 3/ opcion 7, #253 op. 2 y 7 , o al teléfono (601) 3077032  Página web:  www.segurosalfa.com.co. La aseguradora solicitará soporte de la incapacidad temporal mayor o igual a 15 días emitida por eps, sisbén, arl, medicina prepagada o póliza de salud.

¿Qué es un seguro?

Un seguro es una protección ante diferentes riesgos a los que están expuestos tanto nuestros bienes, como nosotros mismos.
Es un contrato  denominado póliza de seguro, por el que una Compañía de Seguros, mediante el cobro de una prima, paga una indemnización  cuando se produce el evento objeto de la cobertura, dentro de los límites pactados.

¿Quién es el asegurado?

El asegurado, que es el propietario de la póliza de seguro y responsable del pago de la prima correspondiente, es la persona a la que se asegura (bien a ella o a sus propiedades o intereses). 

¿Quién es el asegurador?

El asegurador, que siempre es una compañía de seguros, es la entidad responsable de la cobertura en caso de siniestro.

¿Cuál es la tasa de financiación con la que se liquidan los intereses mensuales del crédito?

La tasa es variable, se actualiza cada mes y es la tasa de consumo legal vigente definida por la Superintendencia Financiera. Por lo cual, el valor de la cuota mensual se determinará según la tasa de interés máxima legal vigente al momento de la amortización de dicha cuota. Para más información haz clic en www.superfinanciera.gov.co.

¿Si soy inquilino y no propietario del predio, puedo adquirir el crédito?

Se otorga el crédito, presentando un codeudor con crédito Brilla, que sea titular de la factura emitida por Surtigas.

¿Tengo más de 74 años y 11 meses, puedo acceder a mi crédito Brilla?

Se otorga el crédito, presentando un codeudor con crédito Brilla, que sea titular de la factura emitida por Surtigas.

¿Quiénes pueden acceder a los Créditos Brilla?

Todos aquellos usuarios que: Hayan pagado puntuales su recibo de gas natural los últimos 12 meses. No hayan presentado suspensión en los últimos 12 meses. No tengan deudas vencidas por conceptos de Brilla ni de otros servicios prestados por Surtigas No haya hecho refinanciación de su deuda con Surtigas a en el período evaluado.

¿Puedo escoger el plazo para pagar el artículo que deseo comprar?

Debes elegir el plazo más cómodo de acuerdo con tu capacidad de pago para no afectar tu liquidez ni caer en riesgos de mora.

Puedes escoger el plazo que deseas - hasta 60 cuotas teniendo en cuenta los términos y conciciones.

¿Cómo puedo utilizar mi crédito Brilla?

1. Para hacer usar tu crédito Brilla, puedes resgistrarte en nuestro Portal Digital desde donde estés por medio de cualquier dispositivo electrónico o acercándote al punto de venta de alguno de nuestros aliados. Puedes ingresar al portal haciendo click aquí
2. Para el registro necesitarás dos recibos originales y la cédula.
3. Una vez registrado puedes comprar presentando tu cédula en los diferentes aliados.

¿Si compré un artículo en uno de los almacenes afiliados de Brilla, y quiero pagar mi deuda completa así haya pactado inicialmente un número definido de cuotas, ¿puedo hacerlo?

Sí, es posible en cualquier momento que lo desees, lo puedes hacer acercándote a cualquiera de nuestras oficinas de atención al cliente.
Consulta las oficinas de atención al cliente de Surtigas aquí

¿Cómo puedo solicitar la anulación de un seguro?

En caso de sentir inconformidad o no desear seguir con nuestros seguros, puede solicitar su anulación mediante carta enviándola al correo Surtigas: surtigas@surtigas.com.co, a través de la página web www.surtigas.com.co/sistema-pqrs o llamando a nuestras líneas de atención a usuarios 164 o 01-8000-9-10164 – 164.  Debe tener en cuenta que la solicitud debe ser por el titular de la factura o asegurado de la póliza, de no ser así presentar: Si quien reclama es el dueño del predio, copia del Certificado de Libertad y Tradición vigente del inmueble, copia del recibo del servicio de gas y fotocopia del documento de identificación del reclamante. Si no es dueño del predio, debe demostrar que es el responsable de pago de las facturas del servicio público adjuntando la copia de los últimos 4 recibos pagados del servicio de gas y fotocopia del documento de identificación del reclamante, si el titular falleció anexar registro civil de defunción.