Seguros
Preguntas frecuentes
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¿Tengo un seguro denominado SALVA FACTURA. Cómo reclamar la incapacidad temporal permanente?
Debes comunicarte con ALFA: línea gratuita 018000122532 opcion 3/ opcion 7, #253 op. 2 y 7 , o al teléfono (601) 3077032 Página web: www.segurosalfa.com.co. La aseguradora solicitará soporte de la incapacidad temporal mayor o igual a 15 días emitida por eps, sisbén, arl, medicina prepagada o póliza de salud.
¿Qué es un seguro?
Un seguro es una protección ante diferentes riesgos a los que están expuestos tanto nuestros bienes, como nosotros mismos.
Es un contrato denominado póliza de seguro, por el que una Compañía de Seguros, mediante el cobro de una prima, paga una indemnización cuando se produce el evento objeto de la cobertura, dentro de los límites pactados.
¿Quién es el asegurado?
El asegurado, que es el propietario de la póliza de seguro y responsable del pago de la prima correspondiente, es la persona a la que se asegura (bien a ella o a sus propiedades o intereses).
¿Quién es el asegurador?
El asegurador, que siempre es una compañía de seguros, es la entidad responsable de la cobertura en caso de siniestro.
¿Cuál es la tasa de financiación con la que se liquidan los intereses mensuales del crédito?
La tasa es variable, se actualiza cada mes y es la tasa de consumo legal vigente definida por la Superintendencia Financiera. Por lo cual, el valor de la cuota mensual se determinará según la tasa de interés máxima legal vigente al momento de la amortización de dicha cuota. Para más información haz clic en www.superfinanciera.gov.co.
¿Si soy inquilino y no propietario del predio, puedo adquirir el crédito?
Se otorga el crédito, presentando un codeudor con crédito Brilla, que sea titular de la factura emitida por Surtigas.
¿Tengo más de 74 años y 11 meses, puedo acceder a mi crédito Brilla?
Se otorga el crédito, presentando un codeudor con crédito Brilla, que sea titular de la factura emitida por Surtigas.
¿Quiénes pueden acceder a los Créditos Brilla?
Todos aquellos usuarios que: Hayan pagado puntuales su recibo de gas natural los últimos 12 meses. No hayan presentado suspensión en los últimos 12 meses. No tengan deudas vencidas por conceptos de Brilla ni de otros servicios prestados por Surtigas No haya hecho refinanciación de su deuda con Surtigas a en el período evaluado.